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- Puebla, Pue. México.

02El contador público Alejandro Rivera Chávez presentó en el auditorio de la Facultad de Contaduría Pública de la BUAP el libro: La Trampa de las Facturas Compradas. Consecuencias Legales Aplicables a las Personas Físicas y Morales que Intervienen en la Comercialización de los Comprobantes Fiscales Digitales que Amparan Operaciones Inexistentes Simuladas o Ficticias.

Este libro aborda una problemática grave para la sociedad mexicana y los contribuyentes que expiden este tipo de comprobantes o los adquieren ya que se ven involucrados en esta actividad.

El uso de comprobantes fiscales que amparan operaciones inexistentes no es algo novedoso, sino que tiene varios años que ha adquirido auge. Es una práctica que tiene poco más de 10 años que se ha llevado a cabo y que ha tomado popularidad, esto debido a que la carga tributaria que pesa sobre los contribuyentes en México es elevada, porque sólo 5 millones de contribuyentes son los que sostienen a un país de 115 millones o más de habitantes.

Esto hace que la carga tributaria sea pesada y ha dado la oportunidad a personas que ofrecen a los contribuyentes supuestas salidas o esquemas para reducir la carga del ISR e IVA, con el uso de comprobantes que amparan operaciones inexistentes.

Cuando un contribuyente tiene que presentar su declaración y realizar su pago de impuestos, resulta que el impuesto a pagar llega a exceder la capacidad del contribuyente y cuando se le acerca una de estas personas le dice que tiene un esquema para reducir el pago de impuestos, muchas personas se ven en la necesidad o son orilladas a recurrir a estos esquemas que amparan una operación inexistente.

Un contribuyente al utilizar uno de estos comprobantes lo deduce, llena su declaración y le sale menos impuesto a pagar, presenta la declaración y paga la cantidad que le salió y logró el objetivo que perseguía.

Al mes siguiente resulta que va volver a utilizar un comprobante que ampara una operación ilícita porque vio que funcionó para pagar menos impuesto, sin consecuencias.

Las personas que venden este tipo de esquemas, se ostentan como fiscalistas y han abusado del desconocimiento de las personas que les ofrecen estos esquemas, porque el contribuyente, empresario o comerciante piensa que si le va a funcionar.

ACTIVIDAD DELICTIVA

La Ley desde hace muchos años lo prevé como una actividad delictiva. En el código fiscal en el artículo 109, fracción cuarta, establece que el uso de actos o contratos simulados con el objeto de tener un beneficio indebido ante el fisco, es decir, simular contratos o actos para pagar menos impuestos, es evasión fiscal equiparada y la sanción es prisión de tres meses a 6 años y la reparación del daño con el pago de impuestos que omitieron.

La Ley contempla estas conductas como ilícitas y delictivas desde hace algún tiempo. En el año 2014 se adiciona al Código Fiscal el artículo el 69 B que establece un procedimiento para que la autoridad pueda, a quién emite este tipo de comprobantes, llevar a cabo procedimientos donde se le va a notificar y publicar su nombre.

Luego el procedimiento continúa con el contribuyente que hizo uso de estos comprobantes, que los dedujo y los acreditó amparando una operación inexistente, la consecuencia final para el contribuyente es que tiene que pagar las contribuciones que emitió.

Si no paga lo que omitió, el artículo 69 B dice que la autoridad podrá proceder penalmente por el delito equiparable a evasión fiscal al haber simulado actos o contratos para tener un beneficio indebido en perjuicio del fisco federal.

Este artículo provocó que la autoridad empezará a llevar a cabo este procedimiento donde cada mes publica a los contribuyentes que tiene detectados que emiten estos comprobantes. La autoridad también conoce quién hizo uso de esos comprobantes, porque actualmente con la tecnología por internet la autoridad fiscal conoce todas las operaciones que realizan los contribuyentes.

El SAT lo tiene que validar y en ese momento sabe lo que se vende y que servicios está prestando, quién lo ofrece y quién lo está adquiriendo. En el momento la autoridad sabe que se emite un comprobante y con los cruces de información que hace la autoridad sabe que el contribuyente emitió ese comprobante.

LA APLICACIÓN DE LA LEY PARA COMBATIR EL DELITO

La autoridad tiene la firme intención que a partir de los próximos meses realizará acciones tendientes a combatir a quienes han hecho uso de estos comprobantes, la autoridad lo ha venido anunciando desde hace 6 ó 7 meses.

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente consultó con los contadores públicos el aumento de la penalidad en el uso de las facturas falsas con el objetivo de combatir el uso de prácticas, por lo que diputados del Congreso federal ya promueven estas reformas.

El Senado presentó el proyecto de Reforma a la Ley que finalmente esta semana los diputados federales aprobaron elevando la penalidad para quienes emiten estos comprobantes, por lo que el abogado fiscalista recomendó a quienes realizan estas prácticas que es el momento para que se abstengan de realizarlo para evitar perder su patrimonio y tranquilidad.

 

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